jueves, 19 de enero de 2017


EL PERMISO DE PATERNIDAD PASA A 4

SEMANAS


Esta vez sí, el PERMISO de PATERNIDAD, anteriormente en 13 días naturales pasa en el año 2017 a ser de 4 semanas. Después de suspenderse en varias ocasiones su entrada en vigor, por fin se aplicará lo que actualmente indica el artículo 48.7 del Estatuto de los Trabajadores.
Estas son las preguntas frecuentes que nos llegan al Sindicato en materia de paternidad:
¿Cuándo entra en vigor el permiso de 4 semanas?

El permiso ha entrado en vigor el 1 de enero de 2017.
Ojo! sólo podrán disfrutar las 4 semanas aquellos padres cuyos niños hayan nacido a partir del 1 de enero de 2017, es decir, que si ha nacido antes de esta fecha y aún no has disfrutado del Permiso de Paternidad tendrás derecho a él, pero no a las 4 semanas, sino a 13 días (ampliable en los dos casos en 2 días por cada hijo a partir del segundo).

¿Qué diferencia hay entre el permiso por nacimiento y el permiso de paternidad?

El permiso por nacimiento de Hijo es de 3 días y es independiente del Permiso de Paternidad que es de libre elección del padre a acogerse al periodo ampliado a 28 días.

¿Plazo para disfrutar de cada permiso?

El Permiso por Nacimiento de hijo surge y debe disfrutarse en el momento que nace el bebé, mientras que el Permiso de Paternidad puede disfrutarse de manera continuada al permiso por nacimiento, cualquier momento durante el periodo de permiso de maternidad de la madre o inmediatamente después a éste.

¿Quién paga cada permiso?

Mientras que el Permiso por Nacimiento, como Permiso Retribuido lo abona el EMPRESARIO, el permiso de Paternidad como prestación lo abona íntegramente la SEGURIDAD SOCIAL, percibiendo en este caso el 100% de tu base reguladora.
¿Cómo solicitar el permiso?

El Trabajador que ejerza este derecho deberá de tramitarlo una vez haya nacido él bebe, comunicándolo a la Empresa y acudiendo al INSS con la siguiente documentación:

  • Certificado de Empresa
(Aportación de la empresa, os recomendamos solicitarlo con antelación)

  • Certificado de Nacimiento
  • DNI (Fotocopia y original)
  • Última Nómina
  • Libro de Familia actualizado
  • Domiciliación Bancaria
  • Modelo Oficial de Solicitud de Paternidad


Aunque muchos son ahora los que sacan pecho apuntándose el tanto de que el permiso de 28 días es gracias a ellos (C´s – Partido Popular – etc.), no es así, que no nos tomen el pelo, esta es una gesta de la clase trabajadora y como tal, una REIVINDICACION de UGT, en la línea de equiparar derechos y hacer efectiva la conciliación familiar.

¡LOS DERECHOS QUE NO SE EJERCEN, SE PIERDEN!


Cualquier duda ponte en contacto con nosotros.

SECCIONES SINDICALES UGT NISSAN    

Barcelona,19 de enero 2017

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