viernes, 11 de julio de 2014


COMITÉ DE EMPRESA
INFORMA

LA DIRECCIÓN PRETENDE BOMBARDEAR LA CONCILIACIÓN FAMILIAR

  El pasado viernes la Dirección convocó al Comité de Empresa para comunicarnos su decisión de suprimir los turnos fijos de mañana generados por reducciones de jornada.

Para aplicar esta medida, nos comentaron, harían uso del artículo 41 del Estatuto de los Trabajadores que regula las modificaciones sustanciales de las condiciones de trabajo, un artículo que a raíz de la Reforma Laboral del año 2012, amplía el poder de la empresa para modificar unilateralmente las condiciones ya establecidas.

La aplicación de este artículo conlleva un proceso por el cual, desde su comunicación al Comité de Empresa, hay siete días para la formación de una Comisión Negociadora, otros quince días para el período de consultas y finalmente siete días que tiene la empresa para su aplicación sin que necesite acuerdo para esta.

Desde el Comité de Empresa solicitamos en aquella reunión unos días para  consultar, este caso especial, con los servicios jurídicos antes de entrar en el citado proceso.

La Dirección nos convocó para la mañana de ayer, donde se realizó la citada reunión, en la cual la intención de la empresa era presentarnos definitivamente la comunicación de la apertura del período de consultas con el objetivo de iniciar el proceso. La Dirección propuso entregarnos ya la comunicación, hecho que paramos desde el Comité de Empresa esgrimiendo argumentos, entendemos, que sólidos y realistas.

La Dirección no supo concretar el número de personas afectadas, ni los centros en los que se aplicará. Ante toda esta confusión solicitamos no entrar en el proceso, que se hiciera un estudio más profundo del tema y valoráramos conjuntamente el alcance del problema organizativo que alega la Dirección. La Dirección accedió a darnos unos días para darle otra vuelta al tema pero sin garantías de retirar su intención de materializarlo de una manera inmediata.

Desde el Comité de Empresa no estamos dispuestos a aceptar la aplicación del artículo 41, en esta empresa, y menos para vulnerar unos derechos otorgados por ley, en un tema de tanta necesidad y sensibilidad.

Aparte, sería abrir la puerta al artículo más lesivo para los trabajadores/as de la Reforma Laboral, el más protestado por los sindicatos y que aplicado en otros temas, más allá del actual, sería de consecuencias devastadoras para nuestras actuales condiciones.

Entre estos destacar que, no vamos a negociar nada que empeore las condiciones que la propia ley otorga al personal con reducción de jornada, que no ha habido hasta ahora ninguna intención de la Dirección de negociarlo por el cauce habitual, que es la primera vez que la empresa utiliza la aplicación de este artículo para resolver un problema, que entendemos que jurídicamente no tiene cabida, que el personal afectado es ínfimo (alrededor de 55 personas) respecto al global de la plantilla, que hay otras posibilidades para resolver el tema y otros argumentos más.

Exigimos a la Dirección que no entre en este terreno y evite entrar en conflictos innecesarios, sino quiere tener  una respuesta unitaria de los cuatro sindicatos de este Comité de Empresa.

Comité de Empresa en NMISA, centro Zona Franca.

Sección Sindical de Ugt en Nissan Zona Franca, 9 de julio de 2014.

www.ugtnissan.com twitter:@UGTnissan facebook.com/UGTnissan e-mail:ugtzf@nmisa.es

4 comentarios:

  1. Cuando se van hacer los fijos? se decía que de agosto no pasaba, espero que sea así.

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    1. Pues lamentablemente parece ser que no. Llevamos meses queriendo alcanzar un acuerdo y cerrar de una vez por todas el tema de los 170, pero visto lo visto hay a quien no le interesa hacerlo todavía. Eso sí luego habrá quien nos responsabilize a nosotros. Para que quede claro, LA SECCIÓN SINDICAL DE UGT ESTÁ EN DISPOSICIÓN DE FIRMAR EL ACUERDO YA.

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  2. Ya no se publica nada? que pasa que no hay noticias!

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  3. Esta página web esta muerta.

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