INCUMPLIMIENTO DE CONVENIO, PAGA DE
RECUPERACIÓN DEL 1,25 %
“Art. 29. Condiciones
salariales del Convenio.- ……….En el mes de diciembre de 2014
se abonará, con carácter no consolidable, una paga de recuperación del 1,25% de
las tablas salariales y el resto de conceptos retributivos. ¨
Parece ser
que un párrafo sencillo y claro como es este, está sujeto a interpretaciones
por parte de la Dirección. Una vez más haciendo gala de esa preocupación que
dicen tener, a través de sus NTI (Nissan Te Informa), por el bienestar de la
plantilla han hecho los cálculos relacionados con esa paga de recuperación
haciendo que la balanza caiga a su favor.
La
Dirección ha aplicado el 1,25 % a los siguientes conceptos salariales:
Salario de Calificación
|
Bolsa de verano
|
Quinquenios
|
PAM
|
Plus de Productividad
|
Plus Productividad Presencia
|
Plus Mantenimiento
|
Ayuda Hijos Disminuidos
|
Beca de Estudios
|
Garantía Salarial XVIII
Convenio NMISA
|
Complemento No Consolidable
|
Complemento Personal
Absorbible
|
Ha aplicado el 98,5 % de las tablas salariales correspondientes al
2014, lo cual quiere decir que en la
práctica corresponden a las de 2013.
Han
interpretado que un concepto salarial es un único pago de un solo mes. Como
ejemplo práctico tenemos el plus de vinculación (quinquenios):
Trabajador con cuatro quinquenios:
Valor de 1
quinquenio 48.55 € * 4 quinquenios = 194,20 €/mes * 12 meses = 2330,40 €/año.
Si a 2330,40 € le aplicamos
el 1,25 % le tendrían que abonar 29,13 €
como parte de la paga de recuperación de los quinquenios. Sin embargo han
hecho el siguiente cálculo:
48,55 € *
0.985 * 1,25 % = 0,60 €. Esto quiere
decir que a todos los trabajadores que tienen algún quinquenio, sin importar
cuantos, se les ha hecho UN ÚNICO
INGRESO DE 0,60 €.
Otro caso que
queremos remarcar es el del colectivo de
los mandos que tienen una Garantía Personal (Ad Personam) como parte de su
salario. En su caso, al igual que a los demás, les han pagado el 1,25 de esa
Garantía Personal DE UN SOLO MES y no de todo el año como sería lo lógico. Este
hecho convence, aún más si cabe, a la
Sección Sindical de UGT de la
peligrosidad que TODOS los trabajadores de esta Compañía tengamos como parte de
nuestro salario fijo una mochila (Ad Personam). Ya nos llamaron pesados en el
pasado, pero seguiremos denunciándolo.
Podía
quedarse aquí la cosa, pero un tema parecido es el que sufren los compañeros
que se incorporan a la Compañía una vez se ha iniciado el mes. Les aplican una
fórmula de mensualización recogida en nuestro Convenio, que penaliza los días
de NO ASISTENCIA. Dicha fórmula es eficaz para los trabajadores que tienen la
posibilidad de trabajar un mes completo. ¿Qué responsabilidad tiene un
trabajador eventual que inicia su relación con Nissan y sólo trabaja dos días
de un mes, cobre 30 € por 16 horas de
trabajo? ES INCREÍBLE QUE EN SU
SALARIO INCIDAN DÍAS EN LOS QUE NO ESTABA EN LA COMPAÑÍA. Esta situación ha
sido denunciada en Comité de Empresa y estamos a la espera de respuesta.
La Sección Sindical de UGT considera una tomadura de pelo la forma en que han tenido en cuenta lo
que consideran conceptos salariales. Actuaremos
en consecuencia convocando a la Comisión de Interpretación de Convenio y en
caso de no subsanarse la situación denunciar ante la Inspección de Trabajo. Una
vez más, tristemente parece que no va a ser la última, la Dirección vuelve a interesarse por el bienestar de sus
trabajadores. Gracias.
|
www.ugtnissan.COM twitter:@UGTnissan facebook.com/UGTnissan e-mail:ugtzf@nmisa.es
No hay comentarios:
Publicar un comentario