lunes, 9 de febrero de 2015

INCUMPLIMIENTO DE CONVENIO, PAGA DE RECUPERACIÓN DEL 1,25 % 

    “Art. 29. Condiciones salariales del Convenio.- ……….En el mes de diciembre de 2014 se abonará, con carácter no consolidable, una paga de recuperación del 1,25% de las tablas salariales y el resto de conceptos retributivos. ¨

   Parece ser que un párrafo sencillo y claro como es este, está sujeto a interpretaciones por parte de la Dirección. Una vez más haciendo gala de esa preocupación que dicen tener, a través de sus NTI (Nissan Te Informa), por el bienestar de la plantilla han hecho los cálculos relacionados con esa paga de recuperación haciendo que la balanza caiga a su favor.
   La Dirección ha aplicado el 1,25 % a los siguientes conceptos salariales:
    
Salario de Calificación
Bolsa de verano
Quinquenios
PAM
Plus de Productividad
Plus Productividad Presencia
Plus Mantenimiento
Ayuda Hijos Disminuidos
Beca de Estudios
Garantía Salarial XVIII Convenio NMISA
Complemento No Consolidable
Complemento Personal Absorbible

  Ha aplicado el 98,5 % de las tablas salariales correspondientes al 2014, lo cual quiere decir que en la práctica corresponden a las de 2013.

 Han interpretado que un concepto salarial es un único pago de un solo mes. Como ejemplo práctico tenemos el plus de vinculación (quinquenios):

  Trabajador con cuatro quinquenios:

    Valor de 1 quinquenio 48.55 € * 4 quinquenios = 194,20 €/mes * 12 meses = 2330,40 €/año.
    Si a 2330,40 € le aplicamos el 1,25 % le tendrían que abonar 29,13 € como parte de la paga de recuperación de los quinquenios. Sin embargo han hecho el siguiente cálculo:

    48,55 € * 0.985 * 1,25 % = 0,60 €. Esto quiere decir que a todos los trabajadores que tienen algún quinquenio, sin importar cuantos, se les ha hecho UN ÚNICO INGRESO DE 0,60 €.

   Otro caso que queremos remarcar es el del colectivo de los mandos que tienen una Garantía Personal (Ad Personam) como parte de su salario. En su caso, al igual que a los demás, les han pagado el 1,25 de esa Garantía Personal DE UN SOLO MES y no de todo el año como sería lo lógico. Este hecho convence, aún más si cabe, a la Sección Sindical de UGT de la peligrosidad que TODOS los trabajadores de esta Compañía tengamos como parte de nuestro salario fijo una mochila (Ad Personam). Ya nos llamaron pesados en el pasado, pero seguiremos denunciándolo.

  Podía quedarse aquí la cosa, pero un tema parecido es el que sufren los compañeros que se incorporan a la Compañía una vez se ha iniciado el mes. Les aplican una fórmula de mensualización recogida en nuestro Convenio, que penaliza los días de NO ASISTENCIA. Dicha fórmula es eficaz para los trabajadores que tienen la posibilidad de trabajar un mes completo. ¿Qué responsabilidad tiene un trabajador eventual que inicia su relación con Nissan y sólo trabaja dos días de un mes, cobre 30 € por 16 horas de trabajo? ES INCREÍBLE QUE EN SU SALARIO INCIDAN DÍAS EN LOS QUE NO ESTABA EN LA COMPAÑÍA. Esta situación ha sido denunciada en Comité de Empresa y estamos a la espera de respuesta.

  La Sección Sindical de UGT considera una tomadura de pelo la forma en que han tenido en cuenta lo que  consideran conceptos salariales. Actuaremos en consecuencia convocando a la Comisión de Interpretación de Convenio y en caso de no subsanarse la situación denunciar ante la Inspección de Trabajo. Una vez más, tristemente parece que no va a ser la última, la Dirección vuelve a interesarse por el bienestar de sus trabajadores. Gracias.

 Sección Sindical de UGT en Nissan Zona Franca, 09 de febrero de 2015
 
 
www.ugtnissan.COM twitter:@UGTnissan        facebook.com/UGTnissan          e-mail:ugtzf@nmisa.es

 
 

No hay comentarios:

Publicar un comentario